En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la apelación ejercida por la Abogada Marianella Bolívar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°49.927, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos Carlos Ricci Giorgetti, titular de la cedula de identidad N° V-6.955.821 y Mara Anahi Ricci Gil, titular de la cedula de identidad N° V- 8.325.868, contra la sentencia interlocutoria de fecha 03 de Junio de 2026, dictada por el Tribunal Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En consecuencia, se ordena al Tribunal A Quo, decretar la Ejecución Forzosa de la Clausula Decima contenida en el escrito de Transac.....