´´´ Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud del ciudadano: JOSE DAVID PICCIONI MARQUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 32.213.233, domiciliado en la Urbanización Alberto Ravel, Calle 30, casa Nº 04 de la ciudad de Maturín estado Monagas, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: JOSÈ MIGUEL PICCIONI GUZMÀN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.279.001, con domicilio en la Urbanización Alberto Ravel, calle número 30, casa número 04, de la ciudad de Maturín Estado Monagas, debidamente asistido por la ciudadana LUISA ANTONIA GIMÉNEZ YÉNDEZ, venezo.....