´En consecuencia, este Tribunal visto que la causa principal fue declarado Terminado, Revoca la referida medida cautelar y acuerda lo solicitado por la parte demandada, en este sentido, se ordena librar oficio a la entidad bancaria BANCO DE VENEZUELA C.A, ubicada en la avenida Gran Mariscal de esta ciudad, a los fines de que se levante la medida decretada sobre la cuenta bloqueada en fecha 10-10-2017, distinguida bajo el N° 01020501860000018335, con el registro de información fiscal N°J-306234322 a nombre de la sociedad Mercantil MSD FARMACEUTICA C.A,. Cúmplase. Líbrese Oficio. ASÍ SE DECIDE.-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los dieciséis (16) días del mes de Julio de dos mil veinticinco (2025).
LA JUEZA
ABG. ZORAIDA LEMUS ROMERO .....