Este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por ABANDONO DEL TRÁMITE, correspondiente a la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos FRANK ANTONIO MEDINA ORTIZ y JANSSON WILFREDO DIAZ, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-13.359.161 y V- 11.417.478, contra la Entidad de Trabajo, UNIVERSIDAD DE ORIENTE (UDO) NUCLEO SUCRE.
Finalmente, este Tribunal deja establecido que el lapso para recurrir de la presente decisión será dentro de los tres (03) días hábiles siguientes. Dejándose constancia que la presente decisión se publica con cuatro (04) días de antelación.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo. Dada, sellada y firmada en la Sala del JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DE.....