Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, acogiéndose a lo preceptuado en la sentencia N° 136 del 30 de marzo de 2017 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Efectuada por los ciudadanos MARIA EUGENIA MEDINA Y ELWIN EDUARDO VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, casados, Titulares de las cedulas de identidad Nros V-20.202.480 y V-14.611.518, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL entre los ciudadanos MARIA EUGENIA MEDINA Y ELWIN EDUARDO VILLARROEL, venezolanos, mayores de edad, casados, Titulares de las cedulas de identidad Nros V-20.202.480 y V-14.611.518, respectivamente, domiciliados en Güiria, Municipio Valdez, Estado S.....