´´Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, de conformidad con lo con lo establecido en el artículo 185 del código Civil Venezolano y el criterio vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, contenida en la sentencia N°1070 del nueve (09) de diciembre de 2016, intentado por el ciudadano MARIO JOSÉ SÁNCHEZ SOMOVIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.808.307, en contra de la ciudadana: LISETH CAROLINA RONDON RONDÓN, venezolana, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad nro. V-14.612.606. SEGUNDO: se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL entre los ciudadanos: MARIO JOSÉ SÁNCHEZ SOMOVIL, venezolano, mayor de e.....