DISPOSITIVA
En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado Enmanuel Rafael Rodríguez Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 172.459, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Constructora y Promotora Vale Caribe C.A, contra el auto dictado en fecha 26 de Abril de 2024, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual se acordó comisionar al tribunal de Municipio para la práctica de la Inspección Judicial solicitada por la parte actora en el presente Juicio.
Queda así Revocado el Auto recurrido.
Insértese, publíquese, regístrese, .....