En mérito de todos los razonamientos expuestos éste Juzgado Primero de Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Segundo Circuito de la Circunscripción judicial del Municipio Valdez Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de cumplimiento de contrato incoada por la ciudadana XIOGLIMAR DEL CARMEN MATA MATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.317.389, domiciliada en la Calle independencia casa n° 47, sector la Canal, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, asistida por el abogado en ejercicio JOSE ENRIQUE RAMOS GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el n° 164.699,actas, contra el ciudadano LUIS ALEXANDER SIFONTES, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.939.30, representado por el abogado TOMAS EDUARDO BRITO SMITH, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35813 Como consecuencia de esta declaratoria, se ordena que el presente fa.....