´En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos MARILUZ DEL CARMEN PEREZ FARIAS Y LISANDRO DEL JESUS BRITO CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-10.218.014 y V-12.287.620, respectivamente, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre en fecha Diecisiete (17) de enero de Mil Novecientos Noventa y dos (1992).-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certifica.....