IV
DISPOSITIVA
Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Sucre, Anzoátegui y Nueva Esparta con sede en la ciudad de Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la inhibición planteada.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la Inhibición planteada por el JOSÉ ALBERTO FIGUERA LEYBA en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
TERCERO: se ORDENA, al Juez JOSÉ ALBERTO FIGUERA LEYBA, continuar con el conocimiento del asunto signado con el número No BP02-A-2026-000003 (Nomenclatura del referido Juzgado) en el estado en que se encuentre.
CUARTO: se ORDENA que la notificación al Abg. JOSÉ ALBERTO FIGUERA LEYBA, Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Est.....