Désele entrada y anótese en el libro de Entrada de Causas que lleva este Tribunal Superior, a fin de darle el curso correspondiente. Este Tribunal en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, fija un lapso de Ocho (8) días de despacho siguientes a la presente fecha para que las partes promuevan y evacuen las pruebas pertinentes.