Se dictó Sentencia Interlocutoria, DECLARANDO: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE a los ciudadanos: AURICELA JOSE MORENO DE VELASQUEZ, HERCILIA JOSEFINA COLL DE MORENO, CONCEPCION ADELYSABEL MORENO DE SALAZAR, MARIA ALEJANDRA MORENO COLL Y LILIA CAROLINA MORENO FOCAULT, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.900531; V-1.492.199; V-5.182.201, la cuarta de las nombradas nunca se le ha tramitado Cédula de Identidad por estar incapacitada, por tener Retardo Mental Severo, debido a una Parálisis Cerebral infantil, y V-16.893.291, SUS DERECHOS COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano LIVERIO HUGO MORENO MOLINA, Titular de la Cédula de Identidad Nª V-995.415, dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.