En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por los ciudadanos ALEXANDRA BEATRIZ ROJAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.657.188, y LUIS MAURICIO PADRA MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.067.615, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante Oficina de Prefectura de la Parroquia Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante, Estado Guárico, durante el año Dos Mil Quince (2015).-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, c.....