En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: LUISA ISABEL GALLARDO GONZALEZ Y LUIS ANIBAL VILLARROEL GAMBOA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros V-8446219 y V-4.951390, domiciliados la primera en la calle Ecuador, casa Nº82, parroquia Santa Catalina, Carúpano Estado Sucre, y el segundo en la calle las Margaritas, casa Nº121, parroquia Santa Catalina, Carúpano Estado Sucre, debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio WILSON EDUARDO PINO PINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº248.920, quedando en consecuen.....