Por todos los razonamientos expuestos este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando de conformidad con los artículos 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento Nº 906, emitida por la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, presentada por la ciudadana MARÍA DEL SOL TURNES DE DÍAZ,venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.452.126, en su carácter de autos, debidamente asistida por la abogada en ejercicio MARILYN AIMARA DETTÍN CABRERA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO con el Nº .....