En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos: NELSON JOSÉ AVILA QUIJADA y LEIMAR JOSÉ PINO DE AVILA, titulares de las cédulas de identidad N*.V-4.013.076 y V-11.439.942, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio ciudadana LEIDYS JOSÉ PINO RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 93.339 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante La Prefectura Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 03 de Enero del año Mil Novecientos Ochenta y Nueve (03/01/1989).-
Definitivam.....