En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO SEPARADO, interpuesta por el ciudadano JORGE ANTONIO ROCHE SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, casado, con Cédula de Identidad Nº V-19.190.371, contra la ciudadana YOSMAR JACQUELINE COLMENARES PALACIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.211.623, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los unía y que contrajeran por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio García, Estado Nueva Esparta, en fecha veintinueve (29) de Septiembre de Dos Mil Dieciséis (2016).-
Definitivamente firme como haya quedado el fall.....