DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento realizado por las partes en el presente procedimiento y considera la causa pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, el ciudadano JESUS DEL VALLE MUJICA CONTRERAS, identificado ut supra, queda obligado a suministrarle a su hijo por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 150,000,00) los cuales serán depositados en la cuenta Nº 0102-0438-16-00308537 del Banco de Venezuela a nombre de Zuleinys Del Valle García Carvajal , gastos médicos compartidos, comprometiéndose también a compartir mas con el niño, de no cumplir se autoriz.....