Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO intentada por la ciudadana: LOURDES ESCOLÁSTICA MALAVÉ DE CUBILLÁN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cedula de identidad Nº V- 2.674.281 y de este domicilio, la cual nació el día 10 de febrero del año 1946, en el caserío Mauraquito de la ciudad de Río Caribe, Municipio Arismendi del estado Sucre, hija legitima de los ciudadanos: FRANCISCO RAMÓN MARCANO y ROSA RAMONA MALAVÉ; y en consecuencia se ordena la INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO. Hágase las participaciones correspondientes, a los fines de darle cumplimiento a lo pautado en los Artículos 505 y 506 del Código Civil, e.....