En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OBRA, intentada por el ciudadano JOSÉ ÁNGEL CEDEÑO CEDEÑO, contra el ciudadano JESÚS ROJAS, ambos suficientemente identificados en autos. SEGUNDO: SE CONDENA al demandado ciudadano JESÚS ROJAS, pagarle al demandante ciudadano JOSÉ ÁNGEL CEDEÑO CEDEÑO, la cantidad de trescientos treinta y seis mil quinientos Bolívares (Bs. 336.500,oo), monto restante del contrato verbal original, mas los interés legales, a cuya cantidad se ordenará la realización de una experticia complementaria a los fines de la corrección monetaria correspondiente desde el 30 de abril .....