En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y por cuanto las partes intervinientes en el presente asunto convinieron en todo.- En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 262 y 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el convenimiento suscrito entre las partes.- En tal sentido Decreta:
PRIMERO: La PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA, presentada por la ciudadana: KARINA MIREYA RODRÍGUEZ FERMIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.969.253, de la obligación de pagar el saldo restante del precio de la compraventa de Veinte Mil Bolívares (Bs. 20.000,00), documento debidamente registrado por ante la Oficina de .....