III DECISIÓN.-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara Bastante y Suficiente las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante ciudadana: GERMARIS SOFIA GONZALEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-18.904.500, domiciliada en la calle Jesús Campos S/Nº, de la comunidad de Saucedo, sector el Esfuerzo, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD sobre la siguiente bienhechurías: una (01) casa de habitación con las características que a continuación se expresan, tres (03) habitaciones, un (01) baño con todas sus instalaciones sanitarias, una (1) sala, un (1) comedor, una (1.....