III DECISIÓN.-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley. Declara Bastante y Suficiente las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante ciudadana: NANCY YSBELIA MARTINEZ NAVARRO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, soltera, titular de la cédula de identidad N°. V-8.484.575, domiciliada en el sector el Guamache, calle principal, casa S/Nº, de la comunidad de Pantoño, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; Título Supletorio de Propiedad sobre la siguiente Bienhechuría: consistente en un (01) local con fines comerciales, con las características que a continuación se expresan: un (01) área para comercio, un (01) baño construido con paredes de bloque frisado, techo de.....