Con las consideraciones precedentes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad de documento que fuera interpuesta por el ciudadano: CARLOS ALBERTO GONZALEZ RIVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.703.628, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.802, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana: MARIA ROSARIO MONASTERIO DE ANGULO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 4.820.034, domiciliada en la comunidad de Pantoño, Municipio Ribero del Estado Sucre; en contra de la ciudadana: ANA ROSA SANCHEZ MONASTERIO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-12......