Por lo tanto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1°. CON LUGAR la demanda intentada por CECILIO JOSÉ RUIZ contra CARMELYS JOSÉ PATIÑO DE LA ROSA y ALEX RAMÓN SUCRE PATIÑO, por la pretensión de pago de la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,oo), saldo del precio de la venta de la bienhechuría, constituida por una casa, construida en el lote de terreno distinguido N° 14-A, situado en la vereda Nueva de la urbanización La Trinidad, Cumaná, Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre del Estado Sucre.
2°. CON LUGAR la demanda intentada por CECILIO JOSÉ RUIZ contra CARMELYS JOSÉ PATIÑO DE LA ROSA y ALEX RAMÓN SUCRE PATIÑO, por la pretensión de la cancelación de la suma de SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLÍVARES CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 65.646.....