administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional que ha sido ejercida por la ciudadana NEIBA JOSEFINA ACEVEDO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.638.209, domiciliada en las residencias NR, edificio "C", apto C-4,, calle Tacarigua, sector A-2 del parcelamiento Miranda, Cumana, Estado Sucre, asistida por la Abg. YULMAIN GALANTON, ipsa n°: 66.570 actuando en nombre y representación de hija Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes , y su nieta Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes contra la ciudadana CLAUDIA NATOLI DE PEREZ, venezol.....