Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, en decisión del Juez de Juicio , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por "ABANDONO VOLUNTARIO", fundamentado en el artículo 185 causal 2° del Código Civil que intentara la ciudadana ANDY LISBETH RAMIREZ HINOJOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°:18.091.995 y domiciliada en la calle 23 de enero, casa s/n, Parroquia Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre, asistida por el Abogado PEDRO ANDRADE, ipsa n°: 113.779 en contra del ciudadano JESUS ALBERTO SIERRA MIRANDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 14.090.300