este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio en su etapa de transición del Circuito Judicial de Protección de Niños de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por el ciudadano JORGE ALEXANDER MARIN FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad n°: 20.992.301, domiciliado en Araya, barrio 04, de diciembre, vereda 08, casa n°: 06, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre, asistido por la Abg. MARIANGEL MARVAL, ipsa n°: 208.172 contra la ciudadana THAIS COROMOTO REINALES ROMERO, titular de la cedula de identidad N°: 24.844.262, domiciliada en Araya, urb. Valle Verde, vereda 06, casa n°: 03, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre