Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio Del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR EL ALEGATO DE PRESCRIPCIÓN alegado por las demandadas.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano LUIS OCTAVIO GONZALEZ BLANCO, de nacionalidad venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.179.328, en contra de las empresas: CARIBBEAN MANNING GROUP, C.A, inscrita en el Registro mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 99, Tomo 923 A., de fecha 22/06/04 y GLOBAL SHIPMANAGEMENT C.A. inscrita en el Registro mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 63, Tomo 41-A-Cto de fecha 13/06/02.
TERCERO No hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la S.....