Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre-Carúpano, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede constitucional y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por los ciudadanos ANGEL CESAR ZABALETA GUEVARA e HILARON JOSE ESPINOZA VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidades Nº 14.422.107 y 9.948.174 respectivamente, en contra del INSTITUTO UNIVERSITARIO TECNOLOGICO JACINTO NAVARRO VALLENILLA.
SEGUNDO: Se ordena al INSTITUTO UNIVERSITARIO TECNOLOGICO JACINTO NAVARRO VALLENILLA, que cumpla de manera inmediata con las Providencias Administrativas N° 051-02010 y 052-2010, de fecha 13 de diciembre de 2010, emanadas de la Inspectoría del Trabajo de Carúpano en el Estado Sucre, que declararon con lugar las solicitudes d.....