Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad interpuesto por la Sociedad Mercantil POLICLÍNICA CARÚPANO, C.A. inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito Judicial del estado Sucre, en fecha 07-10-1988, bajo el Nº 126, folios 230 al 238, Tomo 36, Nº 126 contra la Providencia Administrativa Nº 052-2013, de fecha 11-11-2013, inserto al expediente administrativo Nº 014-2013-01-00242, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Sucre con Sede en Carúpano, mediante la cual declaró el reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana: HILDA DEL CARMEN MEDINA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.884.141.
SEGUNDO: S.....