Por los razonamientos que anteceden, ESTE JUZGADO PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de Prestaciones Sociales y otros beneficios Laborales, incoado por la ciudadana: MARIA DEL VALLE SALAZAR BARRETO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 10.885.005, contra la Entidad de Trabajo CONSTRUCCIONES CARUPANO C.A. suficientemente identificada a los autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia e.....