En merito de lo expuesto este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano RAMON RAFAEL VISAEZ ARISTIMUÑO, titular de la cedula de identidad Nº V-3.948.062, en contra de la FUNDACIÓN DEL ESTADO SUCRE PARA LA SALUD (FUNDASALUD).
SEGUNDO: Se condena a la accionada a pagar a la parte actora la suma de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 157.997,70), por el concepto DISCRIMINADO EN EL CUERPO DE ESTA SENTENCIA. Mas los intereses de mora por la cantidad de Bs. 17.245,45.
TERCERO: NO HAY ESPECIAL CONDENATORIA EN COSTAS, por cuanto la demandada goza de los privilegios y prerrogativas de la Hacienda Publica, de conformidad con el articulo 33 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencia del Poder Publico Nacional en concor.....