Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando en sede Contencioso Administrativa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por el ciudadano JAIME ALBERTO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.283.446, debidamente asistido por el abogado en ejercicio YVAN JOSÉ SALAZAR, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 91.756, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL a través de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE CUMANÁ ESTADO SUCRE, tendentes a lograr la Nulidad de Providencia Administrativa N° 160-2019, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANA DEL ESTADO SUCRE de fecha 09/09/2019, en el expediente signado 021-2019-01-0037.....