Por las razones expuestas este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Su incompetencia para conocer la presente causa, interpuesta por el ciudadano CESAR EVELIO ALCOVA MALAVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.833.650, contra la ASOCIACIÓN CIVIL UNION DE CONDUCTORES MONTES Y CARLOS ANDRES BARRETO URBANEJA, por motivo amparo constitucional, en razón de que tal competencia le corresponde a los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil.
SEGUNDO: Se ordena la remisión inmediata de todas las actuaciones que conforman el presente asunto, al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial de Cumaná- Estado Sucre.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA C.....