Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE DECRETA la PRESCRIPCIÓN DE LA PRETENSIÓN DE LA PARTE DEMANDANTE. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por DERECHO A JUBILACIÓN Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN DE TRABAJO intentada por el ciudadano JACOBO JOSE VALENCIA FERMIN, venezolano, mayor de edad, titular de Cédula de Identidad Nº. V-4.946.337, representado por el Abogado en ejercicio JOSE ARMANDO PEÑA MARQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 38.019, en contra de la empresa "ELECTRICIDAD DE ORIENTE, C.A" (ELEORIENTE), domiciliada en la ciudad de Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Sucre, en fecha 18 de Marzo de 1993, bajo el Nº. 39, Tomo A-6, representada por su Presidente, ciudadano PA.....