Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ,se declara INCOMPETENTE para conocer la presente causa, y declina la competencia al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil con sede en Cumana Estado Sucre .- PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL ESTADO SUCRE. Catorce (.014).AÑOS 205º DE LA INDEPENDENCIA Y 154º DE LA FEDERACIÓN.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ
Abg. ALBELU VILLAROEL CAMPOS