Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales, intentada por los co-demandante; MANUEL ARCADIO DIAZ, LUIS ARMANDO MARQUEZ ROJAS Y NICOLAS RAFAEL FEBRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 15.044.725,17.406.130 y 22.630.552 respectivamente, en contra de "ORGAR CORPORACION, C.A".
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulten de la experticia complementaria del fallo por los conceptos de Antigüedad de conformidad con lo establecido en la Convención Colectiva de Trabajo para el área de la Construcción, Indemnización prevista en el artìculo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones y .....