Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y
Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de
conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la constitución de la República
Bolivariana De Venezuela, 261 y 262, del código de procedimiento civil, en concordancia
con el 19 de la ley orgánica del trabajo, los trabajadores y las trabajadoras. En nombre
de la República Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la ley, homologa el
presente acuerdo y le otorga fuerza de cosa juzgada, ya que es ley entre las partes, así
mismo por cuanto no se observa el cumplimiento total de la misma, se declarara
terminado el presente proceso y se ordenará el archivo del presente expediente
verificado como haya sido su cumplimiento total de lo acordado, se elaborara la presente
acta, la cual será suscrita por el juez y todos los intervinientes en este acto. Publíquese y
regístrese y déjese copias certificadas. Líbrese ofici.....