Por lo antes expuesto, revisada como ha sido la presente demanda y ajustándola a derecho, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, por MIRIAN DEL VALLE CARVAJAL, contra el CENTRO COMERCIAL REAL; en consecuencia se ordena a pagar, los siguientes conceptos y montos: Antigüedad Bs. 341.071,65; Vacaciones y bono vacacional fraccionado: Bs. 104.285,75, Utilidades fraccionadas Bs. 71.428,6; Indemnización por despido injustificado Bs. 227.381,1, preaviso Bs. 227.381,1; Salarios caídos: Bs. 1.157.143,32 para total de DOS MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES con cincuenta y dos céntimos (Bs. 2.128.691,52).
SEGUNDO: Se condena al pago de la corrección monetaria ordenada a estimar, cuyo monto se determinara mediante experticia complementaria del fallo, para lo cual el perito que fuera designado deberá solicitar al Banco Central de Venezuela el indicie infl.....