Este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO:SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por ALIMENTOS POLAR COMERCIAL PLANTA MARIGUITAR, C.A, representada judicialmente por JOSE ANTULIO VILANOVA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 36.161., en ocasión a la Acción de Amparo Constitucional, incoada por la trabajadora CRISNELYS REYES ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-11.378.892, asistida por la abogada DAYANA FRANK, inscrita en el Inpreabogado el bajo el Nº 120.309, en su condición de Procuradora del Trabajo de Cumaná, estado Sucre. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo, del estado Sucre, sede Cumaná, el día cuatro (04) de agosto del año dos mil veintitrés (2023). TERCERO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen, a los fines legale.....