Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 25 de septiembre de 2008; SEGUNDO: SE REVOCA LA DECISIÓN PROFERIDA POR EL JUZGADO A QUO, TERCERO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano PEDRO MIGUEL BLANCO ROMERO; CUARTO: SE CONDENA A LA PARTE DEMANDADA, CANCELAR AL ACCIONANTE LA CANTIDAD QUE RESULTE DE LA EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO. QUINTO: SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE DEMANDADA, POR RESULTAR TOTALMENTE VENCIDA EN EL PRESENTE JUICIO; SEXTO: SE ORDENA LA REALIZACION DE LA EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO, a los fines de determinar los mont.....