Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión de fecha 16 de Octubre de 2006 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado A quo. TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado de fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. QUINTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN, AGRÉGUESE A LOS AUTOS Y DÉJESE COPIA DE ESTA DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Des.....