Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia definitiva de fecha 10 de noviembre de 2010, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. SEGUNDO: Se revoca la decisión proferida por el juzgado a quo, y fije oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar. TERCERO: Se ordena al A quo otorgar a la parte demandada el termino de la distancia correspondiente, respetando de esta manera los criterios establecidos en la Ley, así como de nuestro máximo Tribunal de Justicia. CUARTO: Remítase la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado correspondiente.
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