En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante y recurrente. SEGUNDO: SE REVOCA LA DECISIÓN DICTADA por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre de fecha 19 de Octubre de 2011. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano JUAN RAUL VELASQUEZ CAMPOS, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.703.196. CUARTO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulte de los conceptos detallados supra, mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, mas los intereses de prestaciones sociales, int.....