En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional incoado por el ciudadano WILFREDO ANTONIO AGREDA ROSAL titular de la cédula de identidad numero 5.232.892, en contra el auto de fecha 23 de Septiembre de 2014 dictado por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del Estado Sucre extensión Carúpano. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del Estado Sucre extensión Carúpano. TERCERO: Se ordena al Tribunal agraviante continuar con el proceso de ejecución de la sentencia proferida en fecha 28 de Enero de 2014. CUARTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen. Dejándo.....