En consideración a todos los razonamientos antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano JOAQUIN MÁRQUEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el inpreabogado bajo el nº 68.605, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante recurrente. SEGUNDO: SE ANULA el auto de fecha 20 de junio de dos mil diecisiete (2017), dictado por el juzgado segundo de sustanciación, mediación y ejecución del estado sucre, TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Sucre, que designe un experto, a los fines que realice experticia complementaria del fallo, en relación al monto condenado por Indemnización prevista en el numer.....