En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por la parte demandada. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Sucre-Extensión Carúpano, en fecha 09 de Julio del 2015. TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado en que se encuentra. CUARTO: No hay condenatoria en costas da la naturaleza del fallo. QUINTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad al Juzgado de origen.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial de.....