Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada BEATRIZ PLANEZ DE LA CRUZ, en su carácter de Defensora Pública Segunda en Materia de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, contra la decisión de fecha 19/07/2012, dictada por el Tribunal Primero de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, mediante la cual decretó la DETENCIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del Adolescente (Identidad omitida, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65 de la LOPNNA), en la causa que se le sigue por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en pe.....