Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Se declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por. la abogada LISBETH BEATRIZ PEROZO FERNÁNDEZ, actuando con el carácter de Fiscala Sexta del Ministerio del Público en Materia Penal de Responsabilidad del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, contra la decisión dictada en fecha 21 de octubre de 2005, por el Juzgado de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, sede en Cumaná; mediante la cual acordó sustituir la sanción de privación de libertad por la de libertad asistida, al adolescente XXXXXXXX, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal reformado. SEGUNDO. SE REVOCA la dec.....